NORMA TÉCNICA DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (NT-03-2016) Y LAS EVALUACIONES DE SALUD. – Medinter Medicina Ocupacional

NORMA TÉCNICA DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (NT-03-2016) Y LAS EVALUACIONES DE SALUD.

El titulo III de la (NT-03-2016), en su artículo nº26, detalla el tipo de evaluaciones de salud periódicos, que deben realizarse todos los trabajadores, en donde especifican: pre-vacacionales, post- vacacionales,  egreso y aquellos pertinentes a la exposición de los procesos peligrosos o factores de riesgo.   El articulo nº27, especifica la evaluación de salud de ingreso que responda a las condiciones derivadas de la evaluación del puesto de trabajo y deben ser el inicio de la vigilancia de la aptitud integral para el trabajo, a los fines de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. 

El articulo nº28, desarrolla la necesidad de la evaluación de egreso, y la importancia de permitir establecer posibles alteraciones en la salud entre el momento de ingreso y el de egreso. Las evaluaciones pre-vacacional y post-vacacionales, están detalladas en los artículos nº29 y nº30, respectivamente. La primera deberá realizar 15 días hábiles antes de salir de vacaciones y la segunda 15 días hábiles luego de su reintegro.

Norma técnica (NT-03-2016) norma del servicio de seguridad y salud en el trabajo, establece en su  artículo n°31: los servicios de seguridad y salud en el trabajo deben realizar evaluaciones de salud especiales a los trabajadores y trabajadoras, asociados y asociadas cuando:

Numeral 5: cuando se presente una contingencia en el trabajo que pudo generar o no daños a la salud de los trabajadores y trabajadoras expuestos.

El SARS-COV-2 (COVID-19), se ha convertido en la mayor amenaza que la humanidad enfrentará en este siglo, dado su velocidad de propagación y el alcance mundial que lo tipifico como pandemia por la oms en marzo del 2020.  Considerándolo como una contingencia y  factor de riesgo biológico a los que todos estamos expuestos en mayor o menor grado.  Aplica entonces este numeral para la realización de evaluaciones de salud especial para todos los trabajadores, que se encuentra en el trabajo durante la cuarentena social, y para los que se reincorporan luego del aislamiento.

Es importante rescatar acá el sentido preventivo y de control,  que inspiran la realización de cada una de estas evaluaciones, que buscan asegurar la salud y bienestar biopsicosocial de los trabajadores y trabajadoras. Por tanto, contemplar la necesidad de pruebas de laboratorio adicionales que orienten sobre procesos de infección aguda, para cada una de ellas, como por ejemplo la realización de una hematología completa y una proteína c reactiva. Los protocolos de bioseguridad para la prevención y control de infección por SARS-COV-2 (COVID-19), incluyen su realización.

Estos períodos de cuarentena, que varían entre amplios, radicales, flexibles, etc.  No eximen de la obligatoriedad de cumplimiento de las evaluaciones de salud, que contempla esta norma.  Muy por el contrario, estas se convierten en la mejor estrategia para garantizar una población sana y evitar brotes dentro de los centro de trabajos.  Por lo que adicionar la realización de estudios en los post- vacacionales, de manera temporal,  se convierte en  una necesidad.

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